miércoles, 7 de enero de 2009

Jueces de control


Plaza Pública/Miguel Ángel Granados Chapa


Exactamente a las ocho de la mañana del lunes pasado, cinco de enero, comenzaron a funcionar los juzgados de control recientemente establecidos en el artículo 16 de la Constitución. Por lo que parece, era muy urgente su instalación, pues sólo dos minutos más tarde fue recibido el primer pedimento conforme a las nuevas disposiciones que, se supone, permiten una mayor eficacia en la persecución del delito. Ese mismo lunes o en las primeras ocho horas de ayer martes, el juez invocado debió haber resuelto la petición del Ministerio Público, pues se le ordena responder de inmediato, antes de que concluya su turno (que es de 24 horas, por 48 de descanso).


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