viernes, 19 de septiembre de 2008

Voto sindical secreto


Plaza Pública/Miguel Ángel Granados Chapa


Por unanimidad de sus cinco miembros, la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el 10 de septiembre que en los litigios sobre titularidad de un contrato colectivo, el voto de los trabajadores debe ser secreto, y no a mano alzada. La decisión judicial no obliga a los sindicatos sino a los tribunales del trabajo, la mayor parte de los cuales suelen resolver conflictos permitiendo el voto abierto. La sentencia tampoco se extiende a las elecciones de dirigentes sindicales, sino sólo a los casos de recuento para determinar la titularidad de un contrato, pero es un paso en aquella dirección.


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